Autonomía
Me imputan
unos daños y perjuicios como consecuencia de una supuesta negligencia en
atención médica ofrecida a un paciente que sufrió la pérdida funcional de un
riñón. En primera instancia obtuve resolución favorable cuyo contenido
establecía que no había quedado acreditada la relación de causalidad entre la
litotricia y la pérdida del órgano. También plantea la falta de información,
siendo cierto que no hubo documento por escrito y si información verbal. ¿Qué
tipo de pronunciamiento podría adoptar el Tribunal de segunda instancia? R.S.S.
(Valencia)
Enrique
Montaner Ros. Fornes Abogados
21 julio, 2019
Si dispone de un
pronunciamiento favorable en primera instancia después de haberse practicado los correspondientes medios de prueba,
y teniendo en cuenta los conocimientos técnicos y científicos necesarios para
la resolución del caso, es que el juzgado valoró diferentes dictámenes
periciales de especialistas en la materia.
Tenga en cuenta que
no es de aplicación a la actuación del médico ni la presunción de culpa (la
responsabilidad debe basarse en una culpa incontestable, patente) ni la
inversión de la carga de la prueba admitidas para los daños de otro origen.
Todo ello en base a
lo aleatorio de la ciencia médica,
al factor reaccional del enfermo, a las complicaciones imprevisibles y que al
médico no le es exigible la infalibilidad. En este caso, respecto a lo relativo
a la intervención realizada no existirá mucha controversia, pues el juzgador de
instancia se sirvió de su sana crítica para valorar la prueba practicada, no siendo función del órgano
encargado de la apelación con posterioridad
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