El TSJ valenciano reconoce el derecho a cobrar
el dinero retenido por la Administración en concepto de aportación del
beneficiario
Sentencias previas habían apuntado en la misma dirección en discapacidad
En noviembre de 2012 la Generalitat valenciana
comenzó a aplicar el copago a los dependientes por lo que redujo el dinero que
transfería a las miles de personas a las que había concedido ayudas económicas
para acudir a una residencia privada o tener ayuda en el ámbito familiar. F. J.
B. pasó de cobrar 442,59 euros en virtud de su situación de gran dependiente a
247,39 euros sin que se le comunicara en ningún momento a qué se debían los
motivos del recorte.
Una sentencia del Tribunal Superior de
Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha dado la razón a F. J. B. en el
recurso que presentó contra esta medida. La Sala de lo Contencioso
Administrativo del TSJ ha anulado la minoración de las ayudas ligadas al copago
de un dependiente y, por vez primera, ha condenado a la Consejería de Bienestar
Social a devolver el dinero que le dejó de pagar desde noviembre de 2012 en
concepto de aportación del beneficiario, así como los intereses generados por
estas cantidades.
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